Supongo que te han dado un plazo de 40 días para pagar lo restante del piso (prorrogable si lo solicitas para aclarar la hipoteca), que es lo que damos en los juzgados de acuerdo con el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. También podrías haberlo pagado a plazos, aunque en ese caso tienen que aceptarlo tanto el ejecutado como el ejecutante, y podrían haber presentado ellos a alguien que se lo quede antes que tu.
¿Tiene bichos (como comúnmente llamamos a los okupas) el piso? ¿te lo enseñaron antes de pujar? Podias haberlo visitado, siempre que el ejecutado del bien (el embargado) hubiera accedido, y a él le hacen hasta un 2% de rebaja sobre la cantidad debida.
Y efectivamente, si tiene cargas te las comes aunque en el juzgado no se tuviera conocimiento de ellas en el momento de subastarlo. Al pujar en la subasta aceptas subrrogarte en las posibles cargas que tenga el bien y que no hayan sido declaradas, aunque lo normal es que al subir el edicto y la subasta se suba con todo ya aclarado y con esas cargas ya restadas por el secretario judicial de la cantidad tasada. A veces alguno se acaba llevando una desagradable sorpresa con el tiempo.